Carta a Francisco Funes, de Luís Felipe Molina 14 de marzo, 2006. Página 4 de 10
La disminución del precio de la gasolina súper en Tegucigalpa de Lps. 7.83 por galón, en la simulación del cuadro anterior, es un 12.2% ((64.12 – 56.29) / 64.12 x 100 = 12.2); pero esa disminución sería menor si los importadores hubiesen demostrado, al GDH, que ciertos costos o gastos necesariamente deben ser mayores en Honduras que en la Florida. Les corresponde a los importadores reducir sus costos y gastos o demostrarle al GDH que no se pueden reducir.
Se puede pronosticar el efecto que esta alternativa tendría para Honduras, en la reducción de precios locales y uso de divisas, haciendo comparaciones retroac- tivas con datos históricos de precios finales de venta en Honduras y precios de venta finales en la Florida.
Con el método aquí planteado, no es necesario para el GDH aplicar estimados de los costos y gastos de operación de compra, importación, almacenamiento y distri- bución al por mayor (los que son todos antes de la “Facturación al Detallista –sin Flete Local en Honduras”), para fijar los precios máximos en Honduras. De esta manera, las fórmulas de regulación de precios se simplifican.
Los valores reales de los precios de compra FOB, costos de transporte, de termi- nales de almacenamiento y otros costos y gastos reales (no los nominales o esti- mados incluidos en la fórmula actual), deben ser controlados en la práctica por los importadores, como una actividad normal y propia de su actividad empresarial; de tal manera que así contribuyan a combatir la presión de costos y la inflación, en los países que abastecen, sin disminuir el retorno a sus inversiones.
Similarmente, para comparación, el GDH actualmente le fija a los detallistas en Honduras solo sus precios máximos y márgenes brutos. Esos márgenes cubren la utilidad, los costos financieros, la depreciación de instalaciones y equipos, los gastos de operación, etc., por las ventas al detalle. Son los detallistas, los que deben controlar sus costos y gastos de operación, sin que el GDH tenga que asig- nar esfuerzos y gastos públicos a estimar esos costos y gastos de la distribución al detalle, para ejercer su actividad reguladora en la comercialización de combus- tibles derivados del petróleo. En otras palabras, la alternativa aquí planteada su- giere que se aplique la misma metodología tanto al detallista como al distribuidor al por mayor; es decir, que el GDH les fije a ambos únicamente precios máximos.
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END of PREVIEW of Letter to GOH on Oil Fuels Price Control
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